Alquilas tu casa o departamento a extranjeros en Perú: debes registrarlos para evitar multas
Conoce cómo registrarlos en Migraciones y evita multas
El Ministerio del Interior recordó que los propietarios que alquilan inmuebles a ciudadanos extranjeros deben cumplir con el registro obligatorio ante Migraciones. Las sanciones pueden llegar a las 2 UIT, equivalentes a S/ 11,000 en 2026.
Los propietarios que alquilan habitaciones, casas o departamentos a ciudadanos extranjeros deben prestar atención a una obligación vigente en el Perú: registrar a sus inquilinos en la plataforma de la Superintendencia Nacional de Migraciones.
El 13 de octubre de 2026, el Ministerio del Interior reiteró el llamado a los arrendadores y establecimientos de hospedaje para que cumplan con esta disposición y eviten posibles sanciones. La medida se encuentra establecida en el Decreto Supremo N.° 011-2024-IN y es obligatoria desde el 10 de diciembre de 2024.
¿Quiénes deben registrar a sus inquilinos extranjeros?
La obligación alcanza a las personas naturales y jurídicas que alquilan inmuebles a ciudadanos extranjeros para vivienda.
Esto incluye a quienes ofrecen:
- Habitaciones en alquiler.
- Casas y departamentos.
- Inmuebles destinados a vivienda familiar.
- Alojamientos temporales mediante plataformas como Airbnb.
Por ello, no solo los hoteles y hostales deben cumplir con esta disposición. También deben hacerlo los propietarios particulares que alquilan sus inmuebles a personas extranjeras.
¿De cuánto son las multas por no registrar a los extranjeros?
El incumplimiento de las obligaciones migratorias puede generar multas de entre 1 y 2 unidades impositivas tributarias (UIT), según la infracción aplicable.
En 2026, la UIT equivale a S/ 5,500. Por lo tanto, las sanciones de esos valores representan los siguientes montos:
- 1 UIT: S/ 5,500.
- 2 UIT: S/ 11,000.
La sanción concreta depende de la infracción y de la normativa aplicable. Por eso, los arrendadores deben revisar sus obligaciones y no esperar a recibir una notificación para regularizar su situación.
¿Cómo registrar a un inquilino extranjero en Migraciones?
El trámite se realiza por internet y es gratuito. Los arrendadores deben completar tres pasos principales:
1. Registrar al arrendador
Ingresar a la plataforma de Migraciones, seleccionar la opción de arrendamiento y completar los datos personales solicitados para obtener las credenciales de acceso.
2. Registrar el inmueble alquilado
Con las credenciales recibidas, ingresar al sistema y añadir la propiedad que se encuentra en alquiler. Si se cuenta con varios inmuebles, cada uno debe registrarse por separado.
3. Registrar al inquilino extranjero
Seleccionar el inmueble correspondiente, ingresar los datos de identificación del arrendatario y consignar el periodo de alquiler. Finalmente, guardar la información y comprobar que el registro se haya completado correctamente.
Puedes ingresar al trámite oficial aquí:
Registrar arrendadores e inquilinos extranjeros en Migraciones
¿Qué documentos debe presentar el inquilino?
El propietario debe solicitar el documento de identidad o de viaje que corresponda para verificar la identidad y la situación migratoria del ciudadano extranjero.
Según el caso, puede tratarse de un pasaporte vigente, un carné de extranjería o un carné de permiso temporal de permanencia (CPP), entre otros documentos reconocidos por la normativa aplicable.
Si el alquiler corresponde a una familia con menores de edad, Migraciones indica que se debe declarar la cantidad de niños y adolescentes, sin ingresar sus datos personales en ese apartado.
¿Qué deben hacer los propietarios para evitar problemas?
Lo recomendable es revisar si ya se encuentran registrados en la plataforma, verificar que los inmuebles alquilados estén declarados y comprobar que los datos de los inquilinos se hayan enviado correctamente.
Además, el registro debe realizarse antes de brindar el servicio de arrendamiento, de acuerdo con las indicaciones oficiales de Migraciones.
Esta obligación busca reforzar la identificación de las personas extranjeras y contribuir a la seguridad y al control migratorio en el país.
En conclusión: si alquilas una habitación, casa o departamento a un ciudadano extranjero, revisa el procedimiento oficial y cumple con el registro correspondiente para evitar posibles sanciones.
Fuentes oficiales:
- Ministerio del Interior: Llamado a cumplir con el registro de extranjeros.
- Migraciones: Procedimiento para registrar arrendadores e inquilinos extranjeros.
- Migraciones: Información sobre las multas por incumplimiento.
licitar.
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