CTS 2023: ¿cuándo se depositará y quiénes lo reciben?

 CTS 2023: ¿cuándo se depositará y quiénes lo reciben?

Las empresas que no paguen la CTS a sus trabajadores podrían ser multadas, pero ¿qué tipos de empleados podrán recibir el depósito?

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) recuerda que las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas tienen plazo para pagar este concepto el próximo lunes 15 de mayo a sus trabajadores.

¿Quiénes lo recibirán?

El pago se realiza a los trabajadores formales, es decir, en planilla, que laboraron durante el semestre (noviembre 2022-abril 2023) completo.

La CTS que se paga a los empleados de las grandes y medianas empresas equivale al 50% del último sueldo que recibieron más de un sexto de la gratificación que les pagaron en diciembre del 2022.

«No obstante, si el trabajador no ha laborado el semestre completo, por cada mes laborado percibirá un sexto del sueldo más un sexto de la gratificación», precisa la CCL.

Los trabajadores que tienen menos de un mes de servicio en la misma empresa al 30 de abril no tendrán derecho al depósito de la CTS. En estos casos los días laborados se sumarán al semestre mayo 2023-octubre 2023 y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de noviembre del presente año.

Para los empleados de las pequeñas empresas se indica que sí les corresponde el pago de la CTS a todos sus trabajadores antiguos y nuevos si estos no están inscritos en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE).

«Si la pequeña empresa está inscrita en el REMYPE, los trabajadores contratados hasta antes de su registro tendrán derecho a la CTS, según la regla general; y si el trabajador ha sido contratado luego que la empresa se inscribió en el REMYPE, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general», agrega la CCL.

Cabe mencionar que los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias no tienen derecho al pago de la CTS.

¿Puedo retirar mi CTS?

La libre disponibilidad de la CTS, establecida en la ley 31480, estará vigente hasta el 31 de diciembre del 2023.

Con esto, los trabajadores podrán retirar el 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

Ten en cuenta que los depósitos de la CTS pueden ser embargados cuando el trabajador tenga deudas por alimentos y hasta el 50%.

«Tenga en cuenta que la CTS se deposita obligatoriamente en el banco elegido por el trabajador, aun cuando exista embargo judicial por deudas de alimentos. En este caso, la empresa debe informar al juez que la CTS ha sido depositada conforme a ley y que, en todo caso, el embargo se debe solicitar al banco depositario; salvo que se trate de la CTS que se consigna en la liquidación del trabajador que cesa y cuyo plazo para su depósito aún no ha vencido», precisa la CCL.

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